364 constituyentes territoriales serán elegidos para la ANC

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La ANC tendrá 364 miembros escogidos territorialmente, 8 constituyentes por los pueblos indígenas y un constituyente por cada 83 mil electores del Registro Electoral

“Los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente serán elegidos en el ámbito territorial mediante el voto universal, directo y secreto”, este es el primer punto del decreto de las bases comiciales de la Asamblea Nacional Constituyente (ANC), que hoy fue entregado por el presidente Nicolás Maduro al Consejo Nacional Electoral (CNE).

Aquí otras claves del decreto:

1 . Los integrantes de la Asamblea Nacional Constituyente serán elegidos en el ámbito territorial y sectorial mediante el voto universal, directo y secreto, sin perjuicio de los integrantes de los pueblos indígenas, que serán elegidos de acuerdo con sus prácticas ancestrales y sus costumbres.

-Los sectores comprenden trabajadores, campesinos, pescadores, los estudiantes, las personas con alguna discapacidad, los pueblos indígenas, pensionados, empresarios y las comunas y consejos comunales.

  1. La ANC tendrá 364 miembros escogidos territorialmente, así como 8 constituyentes por los pueblos indígenas.
  2. También se elegirán constituyentes sectoriales, cuyo número se obtendrá entre el cociente del RE de cada sector y el factor obtenido para calcular los constituyentes sectoriales, es decir, un constituyente sectorial por cada 83 mil electores.
  3. La ANC será unicameral y sólo se elegirán representantes principales.
  4. Los 364 constituyentes territoriales estarán distribuidos de la siguiente forma: uno por cada municipio del país, que será electo de manera nominal, de acuerdo con el principio de representación mayoritaria; y dos constituyentes en los municipios capitales de los estados, que serán electos mediante la modalidad lista.

Constituyentes por municipios:

Distrito Capital: 7

Anzoátegui:  22

Apure:  8

Aragua: 19

Barinas: 13

Bolívar: 18

Carabobo: 15

Cojedes: 10

Falcón: 26

Guárico: 16

Lara: 10

Mérida: 24

Miranda: 22

Monagas: 14

Nva. Esparta:  12

Portuguesa:15

Sucre: 16

Táchira: 30

Trujillo: 21

Yaracuy: 15

Zulia: 22

Amazonas: 8

Delta Amacuro: 5

Vargas: 2

Total: 364 constituyentes territoriales

  1. Se podrán postular los líderes comunales.

  1. Parágrafo único: Los pueblos indígenas estarán representados por 8 constituyentes con las bases reglamentarias que dicte el CNE, con respeto a sus costumbres y prácticas ancestrales.
  2. En el ámbito sectorial se realizará la elección de acuerdo con la siguiente distribución:

    Los campesinos, pescadores, personas con discapacidad, estudiantes, pensionados, estudiantes, trabajadores y empresarios serán electos en listas nacionales de acuerdo con el principio de representación mayoritaria.

    Los representantes de comunas y consejos comunales se elegirán también de acuerdo con el principio de representación mayoritaria en todos los estados del país, a través del liderazgo comunal en su propio estado.

    El CNE deberá solicitar los registros de los sectores a las instituciones oficiales, gremios y asociaciones establecidos. Se tomará en cuenta el tipo de actividad laboral: petróleo, minería, industrias básicas, salud, deporte, prensa, intelectuales, ciencia y tecnología y administración pública.

    El sector estudiantes se dividirá así: educación universitaria pública, universitaria privada y misiones educativas

  1. A fin de preservar el principio de un elector, un voto, principio universal, ningún elector podrá estar en más de un registro sectorial

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