{"id":170412,"date":"2020-06-20T16:51:25","date_gmt":"2020-06-20T20:51:25","guid":{"rendered":"https:\/\/elluchador.info\/web\/?p=170412"},"modified":"2020-06-20T16:52:50","modified_gmt":"2020-06-20T20:52:50","slug":"venezuela-no-asistira-a-audiencia-por-demanda-de-guyana","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elluchador.info\/?p=170412","title":{"rendered":"Venezuela no asistir\u00e1 a audiencia por  demanda de Guyana"},"content":{"rendered":"\n<p>A trav\u00e9s de un comunicado, el Gobierno de Venezuela anunci\u00f3 de decisi\u00f3n de no asistir a la audiencia convocada por la Corte Internacional de Justicia, convocada para el pr\u00f3ximo 30 de junio, sobre la demanda unilateral de Guyana.<\/p>\n\n\n\n<p>El canciller de la Rep\u00fablica, Jorge Arreaza, en su cuenta en la red social Twitter, explic\u00f3 que la medida est\u00e1 amparada en el Acuerdo de Ginebra de 1966, al tiempo que indic\u00f3 que la decisi\u00f3n se basa tambi\u00e9n en la posici\u00f3n hist\u00f3rica del pa\u00eds.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abVenezuela informa que, conforme con su posici\u00f3n hist\u00f3rica y en estricto apego al Acuerdo de Ginebra de 1966, no asistir\u00e1 a la ins\u00f3lita e irregular audiencia convocada para el 30 de junio por la Corte Internacional de Justicia, sobre la demanda unilateral de Guyana\u00bb, public\u00f3 Arreaza en su cuenta oficial.<\/p>\n\n\n\n<p><br>De acuerdo con el comunicado oficial, el pasado 17 de marzo del presente a\u00f1o la Corte Internacional de Justicia anunci\u00f3 p\u00fablicamente la suspensi\u00f3n por tiempo indefinido de todas las audiencias y actividades procesales sobre la demanda unilateral de la Rep\u00fablica Cooperativa de Guyana contra Venezuela. como consecuencia de la pandemia por el covid-19.<\/p>\n\n\n\n<p>\u00abSin embargo, a\u00fan persistente la pandemia, la Corte decidi\u00f3 llevar a cabo la audiencia mediante videoconferencia a celebrarse el 30 de junio de 2020, de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., lo que comunic\u00f3 a la Canciller\u00eda venezolana el 19 de mayo e hizo p\u00fablico en su p\u00e1gina web el 29\u00bb, reza parte del comunicado.<\/p>\n\n\n\n<p>A continuaci\u00f3n el comunicado \u00edntegro:<\/p>\n\n\n\n<p>El Gobierno de la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela cumple con informar al pueblo venezolano y a la comunidad internacional que, debido a la pandemia de COVID-19, la Corte Internacional de Justicia anunci\u00f3 p\u00fablicamente, con fecha 17 de marzo de 2020, la suspensi\u00f3n por tiempo indefinido de todas sus audiencias y actividades procesales; como consecuencia, suspendi\u00f3 el procedimiento oral sobre la cuesti\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n en el caso de la demanda unilateral de la Rep\u00fablica Cooperativa de Guyana contra Venezuela, que deb\u00eda abrirse el 23 de marzo de 2020, a las 10 horas.<\/p>\n\n\n\n<p>Sin embargo, a\u00fan persistente la pandemia, la Corte decidi\u00f3 llevar a cabo la audiencia mediante videoconferencia a celebrarse el 30 de junio de 2020, de 2:00 p.m. a 5:00 p.m., lo que comunic\u00f3 a la Canciller\u00eda venezolana el 19 de mayo e hizo p\u00fablico en su p\u00e1gina web el 29.<\/p>\n\n\n\n<p>Esta decisi\u00f3n no tiene precedentes; no se corresponde con una nueva pr\u00e1ctica aplicable con car\u00e1cter general; hasta ahora no se ha aplicado a otros casos que cursan ante esa importante instancia judicial internacional, m\u00e1s antiguos en el tiempo o en situaci\u00f3n de urgencia o imperiosa necesidad.<\/p>\n\n\n\n<p>No obstante, recordemos que la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, consecuente con su posici\u00f3n hist\u00f3rica indeclinable, traslad\u00f3 oficialmente al presidente de la Corte, en reuni\u00f3n celebrada el 18 de junio de 2018, con la delegaci\u00f3n encabezada por la vicepresidenta Delcy Rodr\u00edguez y el canciller Jorge Arreaza, una comunicaci\u00f3n del presidente de la Rep\u00fablica, Nicol\u00e1s Maduro Moros, en la que se afirma que la acci\u00f3n unilateral de Guyana carece manifiestamente de fundamento legal para sostener la jurisdicci\u00f3n de la Corte, por lo que Venezuela decidi\u00f3, en el ejercicio de su soberan\u00eda, no comparecer ante la Corte para dicho procedimiento.<\/p>\n\n\n\n<p>Tal posici\u00f3n jur\u00eddica e hist\u00f3rica fue ratificada mediante carta del Canciller, de fecha 12 de abril de 2019, registrada el 15 de ese mismo mes en la Secretar\u00eda de la Corte, en la que se confirmaba la decisi\u00f3n de no participar en el procedimiento escrito y se informaba que el Gobierno facilitar\u00eda a la Corte informaci\u00f3n con el prop\u00f3sito de asistirla en la evacuaci\u00f3n del deber que le impone el art\u00edculo 53.2 de su Estatuto.<\/p>\n\n\n\n<p>Posteriormente, el 28 de noviembre de 2019, la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, de nuevo consecuente con su voluntad de cooperar de buena fe con la Corte en el discernimiento de la cuesti\u00f3n de su jurisdicci\u00f3n, le hizo llegar en tiempo oportuno, mediante un Memorando y su Anexo, las razones que evidencian la manifiesta falta de jurisdicci\u00f3n y la inadmisibilidad de la demanda unilateralmente presentada por la Rep\u00fablica Cooperativa de Guyana. Venezuela, congruente con esa posici\u00f3n, no ha invocado el procedimiento de excepciones preliminares previsto por el Estatuto de la Corte, en el marco del procedimiento abierto por ella.<\/p>\n\n\n\n<p>A su vez, la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela comunic\u00f3 a la Corte, con fecha 10 de febrero de 2020, que, de conformidad con la l\u00ednea de conducta seguida hasta ese momento, no ten\u00eda intenci\u00f3n de comparecer en las audiencias orales previstas para el 23 de marzo de 2020, sin perjuicio de la posibilidad de que Venezuela presente nuevas observaciones escritas a la Corte, si las circunstancias as\u00ed lleguen a aconsejarlo.<\/p>\n\n\n\n<p>De este modo, ha sido concretada la clara posici\u00f3n de Venezuela de no asistir a la Corte sobre la base de que \u00e9sta carece de jurisdicci\u00f3n sobre la llamada \u201cdemanda\u201d de Guyana, en un procedimiento que no encuentra acomodo en ninguna disposici\u00f3n del Estatuto, por la falta del consentimiento de Venezuela.<\/p>\n\n\n\n<p>Ahora, ante la difusi\u00f3n de informaciones que pueden provocar dudas e incertidumbre en relaci\u00f3n con este procedimiento irregular, y en vista de los efectos de la ins\u00f3lita celebraci\u00f3n de audiencias telem\u00e1ticas en la Corte, la Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, que se abstendr\u00e1 de comparecer a dichas audiencias, considera necesario mantener informado al pueblo venezolano en un asunto de manifiesto inter\u00e9s p\u00fablico, que puede involucrar sus derechos, as\u00ed como los de la Rep\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p>La Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela, coherentemente, no ha dejado de manifestar su pesar por el curso de acci\u00f3n elegido en los \u00faltimos tiempos por Guyana, que con su inadmisible demanda ante la Corte pretende huir de las obligaciones que convino con Venezuela para satisfacer el objeto y fin del Acuerdo de Ginebra.<\/p>\n\n\n\n<p>La Rep\u00fablica Bolivariana de Venezuela vuelve a ratificar su posici\u00f3n hist\u00f3rica y jur\u00eddica de no reconocer la jurisdicci\u00f3n de la Corte Internacional de Justicia en este caso particular, a la vez que le reitera a la Corte las seguridades de su m\u00e1ximo aprecio y respeto y, una vez m\u00e1s, invita con sinceridad a la hermana Rep\u00fablica Cooperativa de Guyana a renovar la negociaci\u00f3n a la que ambas naciones est\u00e1n obligadas en virtud del Acuerdo de Ginebra, \u00fanico instrumento internacional especialmente suscrito para regir la controversia territorial sobre la Guayana Esequiba, con el prop\u00f3sito de alcanzar amistosamente un arreglo pr\u00e1ctico, aceptable y satisfactorio para ambas Rep\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p>Caracas, 20 de junio de 2020<\/p>\n\n\n\n<p>UN<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>A trav\u00e9s de un comunicado, el Gobierno de Venezuela anunci\u00f3 de decisi\u00f3n de no asistir a la audiencia convocada por la Corte Internacional de Justicia, convocada para el pr\u00f3ximo 30 de junio, sobre la demanda unilateral de Guyana. 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