{"id":192020,"date":"2021-03-02T17:20:51","date_gmt":"2021-03-02T21:20:51","guid":{"rendered":"https:\/\/elluchador.info\/web\/?p=192020"},"modified":"2021-03-02T17:15:28","modified_gmt":"2021-03-02T21:15:28","slug":"con-criterio-un-mundo-sin-limitaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elluchador.info\/?p=192020","title":{"rendered":"con criterio: UN MUNDO SIN LIMITACIONES"},"content":{"rendered":"\n<p>Se dice que una persona tiene una discapacidad si \u00e9sta encuentra alguna dificultad o imposibilidad para realizar una o m\u00e1s actividades de la vida cotidiana, por ello la necesidad de adecuar las infraestructuras en las ciudades de dispositivos que permitan la incorporaci\u00f3n de los discapacitados en el ritmo normal de la urbe.<br><br>La Ley del Discapacitado,&nbsp; &nbsp;regula los medios y mecanismos que garantizan el desarrollo integral de las personas con discapacidad de manera plena y aut\u00f3noma de acuerdo con sus capacidades, para&nbsp; lograr su integraci\u00f3n a la vida familiar y comunitaria mediante su participaci\u00f3n directa como ciudadanos y ciudadanas plenos de derecho y la participaci\u00f3n solidaria de la sociedad y la familia.<br>&nbsp;Es de obligatorio cumplimiento que los \u00f3rganos y entes de la Administraci\u00f3n P\u00fablica Nacional, Estadal y Municipal, as\u00ed como las empresas p\u00fablicas, privadas o mixtas, incorporen a sus planteles de trabajo no menos de un cinco por ciento (5%) de personas con discapacidad permanente de su n\u00f3mina total, sean ellos ejecutivos, empleados, obreros u obreras.Eso si, los cargos que se asignen a personas con discapacidad no deben impedir su desempe\u00f1o, ni presentar obst\u00e1culos para su acceso al puesto de trabajo, ni exceder de la capacidad para desempe\u00f1arlo. Los trabajadores o las trabajadoras con discapacidad no est\u00e1n obligados a ejecutar tareas que resulten riesgosas por el tipo de discapacidad que tengan.<br><br>Las comunidades deben centrar gran parte de sus esfuerzos en exigir que las ciudades donde viven est\u00e9n dotadas de una infraestructura f\u00edsica que les permita a los discapacitados desplazarse sin problemas. Siendo ello responsabilidad tanto del sector privado como del gobierno, quienes se unan para proveerles un c\u00famulo de facilidades que les permitan desarrollarse como seres humanos y adaptarse, sin ning\u00fan tipo de limitaciones, al ritmo de vida ciudadana. Adem\u00e1s de ayudarlos en su inserci\u00f3n social y laboral, actualmente las sociedades desarrolladas tienen todas las comodidades para su desenvolvimiento normal.<br>Las empresas p\u00fablicas y privadas, los particulares que presenten servicios de transporte colectivo de pasajero y pasajeras debe destinar en cada una de sus unidades, por lo menos, un puesto adaptado para personas con discapacidad con seguridad de sujeci\u00f3n inmovilizadora, estribos, escalones y agarraderos, as\u00ed como rampas o sistemas de elevaci\u00f3n y se\u00f1alizaciones auditivas y visuales, que garanticen plena accesibilidad, seguridad, informaci\u00f3n y orientaci\u00f3n a las personas con discapacidad. Las unidades de transporte colectivo de fabricaci\u00f3n nacional deben contar con los accesorios descritos antes de entrar en circulaci\u00f3n.<br>Los cines deben tener \u00e1reas exclusivas para estos ciudadanos. Lo mismo las universidades, centros comerciales, gimnasios,&nbsp; estadios, vel\u00f3dromos, bancos y otros para que podamos juntos decir que vivimos en un mundo sin limitaciones&nbsp;<br><br>Juan Carlos Le\u00f3n-Ber\u00e1stegui<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Se dice que una persona tiene una discapacidad si \u00e9sta encuentra alguna dificultad o imposibilidad para realizar una o m\u00e1s actividades de la vida cotidiana, por ello la necesidad de adecuar las infraestructuras en las ciudades de dispositivos que permitan la incorporaci\u00f3n de los discapacitados en el ritmo normal de la urbe. 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