{"id":196785,"date":"2021-08-07T20:31:10","date_gmt":"2021-08-08T00:31:10","guid":{"rendered":"https:\/\/elluchador.info\/web\/?p=196785"},"modified":"2021-08-07T20:31:12","modified_gmt":"2021-08-08T00:31:12","slug":"bcv-asegura-que-los-billetes-actuales-seguiran-circulando-hasta-que-sean-desmonetizados","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/elluchador.info\/?p=196785","title":{"rendered":"BCV asegura que los billetes actuales seguir\u00e1n circulando hasta que sean desmonetizados"},"content":{"rendered":"\n<p>\u201cquedando expresamente entendido que tales especies monetarias continuar\u00e1n conservando su poder liberatorio hasta que sean desmonetizadas de acuerdo con Resoluci\u00f3n del Banco Central de Venezuela\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>En primer lugar, el BCV destac\u00f3 que los billetes de las expresiones monetarias actuales, iguales o superiores a 10.000 bol\u00edvares, podr\u00e1n circular con posteridad al 1 de octubre, <\/p>\n\n\n\n<p>El Banco Central de Venezuela explic\u00f3 por medio de un documento los aspectos relacionados con la entrada en circulaci\u00f3n de un nuevo cono monetario, lo que suceder\u00e1 el pr\u00f3ximo 1 de octubre, referente a billetes del cono monetario actual que seguir\u00e1n circulando despu\u00e9s de esa fecha, los que no; as\u00ed como la distribuci\u00f3n de los nuevos billetes y las acciones que debe tomar la banca previo a la entrada en vigencia de la nueva expresi\u00f3n de la moneda nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>En segundo t\u00e9rmino, se precis\u00f3 que a partir del 1 de octubre, las denominaciones inferiores a los 10.000 bol\u00edvares, podr\u00e1n ser depositadas ante las instituciones bancarias del sistema financiero, hasta la fecha que determine el Directorio del Banco Central de Venezuela.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cSin embargo, no ser\u00e1n de obligatoria recepci\u00f3n a efecto de la liberaci\u00f3n de obligaciones pecuniarias\u201d, indic\u00f3 el ente.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">-Distribuci\u00f3n del cono monetario<\/h2>\n\n\n\n<p>El BCV explic\u00f3 que distribuir\u00e1 a consignaci\u00f3n las especies del cono monetario nuevo antes del 1 de octubre de 2021 desde la sede de Caracas y la subsede de Maracaibo, estado Zulia, firmando para ello con cada banco un acuerdo de no poner en circulaci\u00f3n los billetes antes de dicha fecha.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cEl d\u00eda que establezca el Directorio del BCV se proceder\u00e1 a cargar en la cuenta de cada banco los montos entregados en consignaci\u00f3n\u201d, mencion\u00f3<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">-Se mantiene el C\u00f3digo ISO-<\/h2>\n\n\n\n<p>La entidad precis\u00f3, adem\u00e1s, que se mantendr\u00e1 el actual c\u00f3digo ISO del Bol\u00edvar establecido en la enmienda 166 de la norma ISO 4217 de fecha 18\/4\/2018. El c\u00f3digo alfab\u00e9tico VES y num\u00e9rico 928.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">-Cheques-<\/h2>\n\n\n\n<p>En cuanto a los cheques y t\u00edtulos de cr\u00e9dito, el BCV indic\u00f3 que los emitidos hasta el 30 de septiembre de 2021, y presentados al cobro a partir del 1 de octubre de 2021, \u201cautom\u00e1ticamente se entender\u00e1 su monto en la nueva expresi\u00f3n monetaria\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>As\u00ed mismo, \u201clos cheques y dem\u00e1s t\u00edtulos de cr\u00e9dito emitidos a partir del 1 de octubre de 2021, se entender\u00e1n que atienden en su monto a la nueva expresi\u00f3n monetaria del Bol\u00edvar, por lo que no ser\u00e1 necesario que el librador utilice ninguna expresi\u00f3n adicional en el espacio dispuesto en tales instrumentos para escribir el monto en n\u00fameros y\/o letras\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p>Afirm\u00f3 que las instituciones bancarias regidas por el Decreto con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Instituciones del Sector Bancario y dem\u00e1s leyes especiales, deber\u00e1n informar a sus clientes y usuarios a trav\u00e9s de los medios que consideren m\u00e1s convenientes e id\u00f3neos, las reglas aplicables al pago de cheques en el proceso de la nueva expresi\u00f3n monetaria del Bol\u00edvar.<\/p>\n\n\n\n<p>Inform\u00f3, al respecto, que el Sistema de C\u00e1mara de Compensaci\u00f3n Electr\u00f3nica, administrado por el BCV solo procesar\u00e1 hasta el 29 de octubre de 2021, los cheques emitidos antes del 1 de octubre de 2021.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA partir del 2 de noviembre de 2021, dichos cheques podr\u00e1n cobrarse \u00fanicamente en las taquillas bancarias respectivas y su pago se realizar\u00e1 mediante la entrega de las especies monetarias correspondientes\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">-Doble expresi\u00f3n de tarifas-<\/h2>\n\n\n\n<p>EL BCV tambi\u00e9n indic\u00f3 que a partir del 1 de septiembre de 2021, y hasta que la instituci\u00f3n disponga lo contrario, se deben deben exhibir a la vista del p\u00fablico las tarifas por los servicios que cobran los bancos en la unidad de cuenta de la nueva expresi\u00f3n del Bol\u00edvar, as\u00ed como en la unidad de cuenta actual.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">-Preparaci\u00f3n de los Estados Financieros-<\/h2>\n\n\n\n<p>Sobre la preparaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de los Estados Financieros correspondientes a ejercicios concluidos antes del 1 de octubre de 2021 -cuya aprobaci\u00f3n se efect\u00fae con posterioridad a dicha fecha-, el BCV explic\u00f3 que deber\u00e1 realizarse en bol\u00edvares actuales de acuerdo con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cA los efectos de comparaci\u00f3n con ejercicios posteriores, los saldos contables de dichos estados financieros se convertir\u00e1n a la nueva expresi\u00f3n monetaria del Bol\u00edvar\u201d, aclar\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Adem\u00e1s, los saldos de auxiliares y cuentas de contabilidad correspondientes a ejercicios concluidos antes del 1 de octubre de 2021, deber\u00e1n ser convertidos a la nueva expresi\u00f3n monetaria del Bol\u00edvar, con la finalidad de ser utilizados como saldos iniciales para los siguientes per\u00edodos.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cLos Estados Financieros referentes a cierres contables finalizados a partir del 1 de octubre de 2021 deber\u00e1n ser preparados y presentados en la nueva expresi\u00f3n monetaria del Bol\u00edvar, al igual que cualquier informaci\u00f3n comparativa\u201d, puntualiz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">-Adecuaci\u00f3n Tecnol\u00f3gica-<\/h2>\n\n\n\n<p>Por otro lado, la entidad inform\u00f3 que antes del 1 de octubre de 2021, los bancos&nbsp; deber\u00e1n realizar los ajustes correspondientes en sus sistemas de c\u00f3mputo (datos, estructuras de datos, programas, rutinas, pantallas, reportes de entrada y salida de informaci\u00f3n, env\u00edo y recepci\u00f3n de mensajes, entre otros), a fin de que tengan la capacidad de procesar en la nueva escala monetaria las operaciones que impliquen referencia a la moneda nacional.<\/p>\n\n\n\n<p>\u201cAntes del 30 de septiembre de 2021 deber\u00e1n completar los procesos de pruebas correspondientes para asegurar, el procesamiento de las operaciones que impliquen referencia a la moneda nacional en la nueva escala monetaria\u201d, finaliz\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p>Banca Monetizaci\u00f3n<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>\u201cquedando expresamente entendido que tales especies monetarias continuar\u00e1n conservando su poder liberatorio hasta que sean desmonetizadas de acuerdo con Resoluci\u00f3n del Banco Central de Venezuela\u201d. 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