Gremio de contadores públicos participa en consulta a la reforma de ordenanza del ISAE

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CNP 12.355.- Este martes, miembros del gremio de Contadores públicos del estado Bolívar, Núcleo Ciudad Bolívar sostuvieron una reunión con representantes del ejecutivo municipal, en la cual les transmitieron sus sugerencias sobre el proyecto de Reforma parcial a la Ordenanza de impuesto sobre actividades económicas de industria, comercio, servicios o de índole similar, de acuerdo a la consulta publicada en la página web del Servicio Autónomo municipal de Administración Tributario (Samath).
En nombre de Jone Urquidi, Superintendente municipal, el consultor jurídico del Samath, Germain Vizaes, atendió a Solimar Pérez, Presidenta del Colegio de Contadores Núcleo Ciudad Bolívar, quien estuvo acompañada por Luzmery Moreno y Cesar Iriarte, junto a José Córdoba y Maríluz Vega parte de la comisión de sector público del Colegio de Contadores que realizó los aportes a la consulta.
Como representantes del gremio Pérez señaló como sugerencias importantes aclarar la aplicación del Mínimo Tributable, a lo cual Vizaes aclaró que los mínimos tributables se expresa en petros para los contribuyentes como lo estipula la Ley.
Sugieren extender el lapso para declarar de diez (10) días a quince (15) o veinte (20) días, o en su defecto, igualar el plazo al de las retenciones de Impuestos de Actividades Económicas (artículo 70°).
“Es muy importante, que estudien la aplicación automática de sanciones a los contribuyentes del municipio, por parte de la Superintendencia Municipal de Tributos por declaraciones fuera del lapso establecido para declarar; sin un debido procedimiento de determinación, violentando así el debido proceso y normas que regulan la materia como la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos (LOPA)”.
Igualmente, Pérez indicó que es necesario simplificar los trámites exigidos para la emisión por primera vez de Licencia sobre las Actividades Económicas, así como su respectiva renovación; evitando requisitos adicionales a cumplir con fin de “constatar” la veracidad de lo declarado (artículo 38°).
“Pueden presentarse a través de algún medio electromagnético, en un cd o vía email, para evitar el papeleo”, dijo.
También hacen una observación al artículo 73°, referido a los intereses moratorios, el cual no deja claro cuando ocurre dicho accesorio; además que aplica una sobre tasa del 20 % sobre la tasa activa promedio de los seis (6) principales bancos del país.
Los contadores solicitaron incluir dentro de la Ordenanza de forma clara, precisa y concisa, los causales de eximentes de la obligación tributaria municipal.
Igualmente, Pérez enfatizó que al portal web del Samath, deberían habilitar otras opciones para pagos automatizados de publicidad y propaganda, aseo domiciliario, inmuebles, entre otras tasas; así como la respectiva declaración de las Retenciones del Impuesto a las Actividades Económicas en cero (cuando no hubo actividad) y las declaraciones sustitutivas en caso de corregir los tributos declarados e incluso liquidados.
“Es necesario publicar el respectivo manual de instrucciones que sirvan de guía paso a paso para el manejo óptimo del portal web del Samath para evitar conflictos a los usuarios cuando tramiten las declaraciones y el pago de los impuestos”.
Los miembros del servicio tributario se mostraron receptivos ante los aportes del Colegio de Contadores, afirmando su consideración para la reforma a la Ordenanza y por otra parte a establecer reuniones periódicas con el gremio ante la práctica profesional y el significado importante como representantes de una parte del sector empresarial.

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