Carlos Julio Rivera, presidente del sindicato de trabajadores del Seguro Social, señaló que existe una diferencia entre el salario mínimo contemplado en el artículo 99 de la Constitución y el salario integral
La actividad se lleva a cabo en la plaza de La Moneda, en Caracas.
Carlos Julio Rivera, presidente del sindicato de trabajadores del Seguro Social, recordó que el artículo 56 de la Ley Orgánica del Trabajo establece que los contratos colectivos son de fiel cumplimiento entre las partes.
“No puede ser que el gobierno nacional, de la noche a la mañana, de un solo plumazo nos quite la contratación colectiva y nos deje en salarios mínimos; porque el artículo 104 de la ley Orgánica del Trabajador también establecen que las primas forman parte del salario”, agregó.
Rivera explicó que el salario mínimo contemplado en el artículo 99 de la Constitución y el salario integral son cosas distintas.
“Nosotros pedimos al gobierno nacional, sobre todo al presidente, que no olvide sus raíces; que no olvide de donde viene, que respete la contratación colectiva. Queremos que respete a los trabajadores porque si no respetan nuestros derechos nosotros vamos a salir a las calles a exigir respeto”, dijo.