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jueves, noviembre 14, 2024

Cámara de Comercio solicita al Seniat la derogación de Providencia 0141

La Junta Directiva de la Centenaria Cámara de Comercio e Industrias del Estado Bolívar (CCIEB) informó que está solicitando al Seniat la derogatoria de la Providencia 0141 publicada en Gaceta Oficial del 06 de Noviembre de 2018, en su disposición transitoria segunda, que establece la obligación por parte del contribuyente de adaptar sus máquinas fiscales al nuevo Sistema Centralizado de Facturación Electrónica.

Esta información fue dada a conocer por la Dra. Zulay López Mesones, presidenta de la organización gremial quien explicó que en estos momentos los comerciantes están pasando por momentos difíciles, en el contexto de la contracción económica del país, “Esta solicitud no afectaría en mayor grado la gestión tributaria al existir un régimen de control previo a la emisión de la referida providencia 0141”, dijo.

Por su parte, Julio Díaz, director y asesor legal de la Cámara de Comercio expresó que en el caso de que el Seniat decida mantener esta providencia, debe aclarar su entrada en vigencia, “Exigimos la seguridad jurídica prevista constitucionalmente, también la adaptación de los requerimientos del uso de máquinas fiscales a la difícil situación económica y tecnológica acusada haciendo viable su acatamiento por las empresas contribuyentes”.

López Mesones indicó que en comunicación a la Superintendencia Tributaria se destaca la necesidad de la Inmediata divulgación de información que permita conocer a los contribuyentes el alcance y contenido de sus deberes formales atinentes a la adquisición y uso de las maquinas fiscales.

Explicó que en esta providencia los contribuyentes tienen el deber de adaptar sus equipos, en consecuencia, deberán cambiar o modificar las máquinas fiscales a efectos de incorporarles dos nuevos elementos obligatorios: (i) Memoria de Auditoría y (ii) Dispositivo de captura y Transmisión de Datos.

También señaló la presidenta de la Cámara de Comercio que a la fecha, existe un retraso considerable e inviable después del transcurrir los 60 días de la prolongación en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.

La presentación de parte del fabricante de los modelos de máquinas para su aprobación por parte del  SENIAT a consecuencia el Contribuyente obligado no sabe ni tiene la obligación de comprar una nueva máquina fiscal hasta que la Administración Tributaria la apruebe. Sin embargo, lo dicho en el portal hace suponer que ya fueron aprobados algunos equipos, sin que se tenga ningún tipo de información oficial al respecto, en consecuencia, es imposible conocer con certeza la fuente de la cuela se infiere una fecha tope indicada en el portal SENIAT.

Aseguró que el retraso en la configuración y publicación del listado se debe fundamentalmente a la gran dificultad de las empresas especializadas en la distribución y comercialización de las máquinas fiscales de acceder a su adquisición en el mercado internacional o en el interno, con seguridad más en el exterior que en Venezuela, en virtud de la depreciación monetaria y la dificultad de imponerse de las divisas suficientes para tal fin.

Prensa CCIEB

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