A pesar que su entrada vigencia no garantizaba su pleno cumplimiento, muchas son las Cartas Magnas que rigieron a Venezuela a lo largo de su historia republicana. La calificada como “Bolivariana” cumple, este 15 de enero, 20 años de su aprobación en el referéndum constitucional.
Muchos expertos aún consideran innecesario el haber cambiado el estatuto implementado en 1961. A pesar de reconocer los diversos aportes que, hasta ese momento, no estaban establecidos, defienden el hecho de que no era imperativo cambiar todo el texto.
“La Constitución de 1999 trajo consigo una serie de novedades y órganos jurídicos que en Venezuela no estaban regulados”, aseguró el abogado constitucionalista Manuel Rojas Pérez en entrevista para 2001Online.
A juicio del profesor universitario, la creación de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), la admisión de la doble nacionalidad, permitirle a los militares el ejercicio del voto y el inhibirle a la Asamblea Nacional (AN) una serie de competencias y otorgárselas al presidente, fueron algunos de los cambios más relevantes, para bien o para mal, que rigen el país desde hace 20 años.
“La Constitución de 1961 era suficiente para los requerimientos del ordenamiento jurídico venezolano. La de 1999 nació como una promesa política”, recalcó Rojas Pérez, al momento de recordar que durante la campaña presidencial de Hugo Chávez, se utilizó a la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) como la figura que solventaría las vicisitudes y falencias de la población.
El abogado y profesor universitario Juan Manuel Raffalli, por su parte, enfatizó que la denominada ‘Constitución Bolivariana’ posee algunos artículos “que deben estar mejor definidos y más adecuados a la realidad”, además de garantizar la necesidad de implementar algunas reformas, pero sin cambiarla estructuralmente.
“Creo que es lo suficientemente democrática para permitir que el país se enrumbe en una tolerancia de todos los factores políticos y otros derechos individuales que la hacen suficiente para poder llevar el país por buen camino”, destacó el político en declaraciones a 2001Online, sin embargo, agregó que la existencia de todas estas virtudes no son nada si no se cumplen a cabalidad los escritos, situación que ocurre debido a que las instituciones que deben velar por la constitucionalidad de los Poderes Públicos “no tienen ninguna independencia y están subyugados al Ejecutivo”.
Cambios necesarios
A juicio del abogado Rojas Pérez, es necesario realizar innovaciones en diversos aspectos, esto con la intención de facilitar y garantizar una mejor veeduría de la gobernanza en el país y vedar el amplio poder que reciben los militares.
“Yo estoy convencido que hay que hacer cambios en la Constitución”, afirmó el especialista. Especificó que entre las alteraciones necesarias está la de volver a un Parlamento bicameral “para poder darle mayor posibilidad de revisión al trabajo legislativo”.
Otro de los puntos a estudiar es la de limitar el poder otorgado al jefe de Estado. “Hay que limitar necesariamente el poder del cargo del presidente de la República”, por lo que instó a conceder más funciones de control a la Asamblea Nacional y garantizar más objetividad al TSJ.
“Hay que lograr una Constitución que permita más equidad entre los órganos del Poder Público (…) En algún momento Venezuela debe ir a un modelo más republicano”, aconsejó.
Raffalli se inclinó más hacia cambios en cuestiones electorales, sin dejar a un lado el poder que le han aislado al legislativo. Además, también tocó el tema de la unicameralidad del Parlamento, punto que, a su juicio, debería ser estudiado. Señaló como indispensable el revisar la alternancia en el poder. “Un periodo constitucional de seis años con reelecciones sucesivas e indefinidas eme parece inconveniente”, dijo.
De realizarse cambios en el texto constitucional, según destacó el especialista, tendría que incluir una doble vuelta electoral y darle vigor al referéndum revocatorio, puesto que actualmente es sencillo para el Ejecutivo evitar la implementación de este proceso.
Con respecto al poder judicial, señaló que se debería revisar las competencias otorgadas a la Sala Plena Constitucional debido a que “son deformadas a conveniencia para darle piso jurídico y político al ejercicio del poder bajo situaciones de incumplimiento constitucional”. (Diario 2001)