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viernes, septiembre 20, 2024

Cuaderno Municipal: Del Sistema Presupuestario y Contable

En esta oportunidad nos referiremos al contenido del sistema presupuestario, ya que por lo técnico y extenso debemos desglosarlo en varias entregas lo que refiere a este capítulo VI de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal (LOPPM), comprendido entre los artículos 228 al 250 ambos inclusive.

La LOPPM, define en su artículo 228 “El presupuesto municipal, es un instrumento estratégico de planificación, administración y de gobierno local, que exige captar y asignar recursos conducentes al cumplimiento de las metas de desarrollo económico, social e institucional del Municipio, y será ejecutado con base en los principios de eficiencia, solvencia, transparencia, responsabilidad y equilibrio fiscal”.

La ordenanza de presupuesto municipal, es el instrumento jurídico que contiene las disposiciones generales que definen, regulan y establecen las limitaciones del mismo, como y cuando se solicitan créditos adicionales, traspasos, el monto del presupuesto, las rectificaciones del presupuesto que no debe excederse del 3% del total de los ingresos estimados.

De igual forma el instrumento jurídico municipal presupuestario establece que los créditos presupuestarios constituyen el límite máximo de las autorizaciones disponibles para gastar, que además el alcalde y los responsables de la ejecución presupuestaria no pueden ni deben acordar ningún gasto ni pago para el cual no exista previsión presupuestaria.

El Concejo Municipal, tiene la responsabilidad de aprobar una ordenanza de presupuesto antes del 15 de diciembre, para ello el ejecutivo municipal debe presentar antes del 1 de noviembre del año anterior a su ejecución, cumpliendo el equilibrio fiscal contenido en este instrumento jurídico, ya que se debe preveer el destino como mínimo del 50%  en gasto de inversión de lo que se estima será el monto de ese presupuesto.

De igual forma el ejecutivo municipal entregará al Concejo Municipal el proyecto de ordenanza de presupuesto junto al Plan operativo anual, en este plan se detalla las metas a cumplir por cada una de las dependencias y entes municipales.

El proceso presupuestario debe ajustarse a las disposiciones técnicas de la Oficina nacional de presupuesto, a la LOPPM, las ordenanzas y las leyes que haga referencia a la materia.

Concejal  Abg. Alexander Jiménez

Jesús David Oca
Jesús David Oca
Periodista, técnico en producción de medios, redactor y blogger venezolano. Amante de la literatura, música, curiosidades y la cultura.
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