El incumplimiento de la obligatoriedad de asistir será sancionado con la suspensión proporcional de la remuneración correspondiente a cada inasistencia o ausencia, sin perjuicio de apelación ante el pleno de la Asamblea Nacional, de acuerdo al Reglamento
De forma mensual será publicada la relación de asistencias y faltas de los diputados a las sesiones plenarias y las comisiones de la Asamblea Nacional (AN).
De acuerdo al presidente del órgano legislativo, Jorge Rodríguez, el objeto de esta publicación es que la ciudadanía conozca la participación e intervenciones de los parlamentarios en las diferentes instancias del Legislativo que se acaba de instalar el pasado 5 de enero.
La idea es que “El pueblo que votó por ustedes vaya haciendo un seguimiento de la participación y las intervenciones en este hemiciclo”, explicó antes de convocar para el próximo martes 12 de enero, a las 11:00 de la mañana, a la segunda sesión ordinaria de la AN.
El Reglamento Interior y de Debates (RIDAN) en el Artículo 13, numeral 4, indica la obligación de los diputados de “Asistir puntualmente y permanecer en las sesiones de la Asamblea Nacional, comisiones y subcomisiones, salvo causa justificada, en cuyo caso deberá garantizar la incorporación de su suplente”.
Igualmente el incumplimiento de la obligatoriedad de asistencia dará lugar a una sanción: suspensión proporcional de la remuneración correspondiente a cada inasistencia o ausencia, sin perjuicio de apelación ante el pleno de la Asamblea Nacional.
La norma también indica que en la Gaceta Legislativa se registrarán las asistencias de los diputados, indicando las ausencias o faltas justificadas.
En la sesión de este jueves, el Parlamento aprobó por unanimidad un exhorto al pueblo de Estados Unidos para detener la violencia desatada en las últimas horas en el Capitolio federal.
Igualmente, el parlamento venezolano conformó una comisión especial que se encargará de la controversia sobre el territorio Esequibo.
También aprobó las presidencias de cinco comisiones permanentes, por lo cual deberá nombrar las directivas de 10 más, así como sus integrantes, previa reforma del Reglamento interno para incluir una nueva comisión de comunas y modificar las atribuciones de una de las ya establecida.