El domingo 27 de marzo entró en vigencia la reforma a la Ley de Impuesto a las Grandes Transacciones Financieras, la cual que consiste en el pago de 3% sobre cualquier compra que se haga con divisas en efectivo o criptomonedas distintas al petro.
Camilo London, licenciado en administración comercial con especialización en finanzas y gestión de tributos internos, señaló que el IGTF «tiene un nombre engañoso, porque no hay un piso ni un techo, sino que aplica a cualquier pago en divisas en efectivo a un sujeto pasivo especial».
«Para tener la designación de sujeto pasivo especial, hace falta tener ingresos brutos igual o mayor a 600 bolívares en un año»; razón por la cual casi todos los comercios forman parte de la categoría y deben facturar el tributo.
En tal sentido, «se estaría esperando que la ciudadanía, al percatarse que al realizar una compra con divisas en efectivo tendrá que pagar el impuesto, comience a no tener tanto aprecio hacia el dólar y preferir el bolívar».
Una opción que plantea el especialista, es manejar una cuenta en dólares en la banca nacional y pagar en bolívares a través de la tarjeta de débito, porque dicha operación no será pechada.
También destacó en una entrevista para Unión Radio que, este impuesto se aplica al pago y no se hace la exclusión del IVA, razón por la cual ambos impuestos se suman al importe de la compra.
Por su parte, el abogado y especialista en derecho tributario, Daniel Betancourt, coincidió en que el impuesto no es a las «Grandes Transacciones», sino a cualquier operación y que, lamentablemente, la reforma tiene mayor incidencia en los venezolanos que no están bancarizados en divisas; porque si obtiene un pago por cualquier trabajo con dólares en efectivo, entonces al usar ese billete será pechado.
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