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viernes, septiembre 20, 2024

TSJ analiza demanda contra ministra para el Servicio Penitenciario

Un privado de libertad demandó a la ministra para el Servicio Penitenciario, Mirelys Contreras por presuntamente mantenerlo encarcelado aun cuando un tribunal le otorgó la libertad, según se lee en la sentencia N° 0340 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, redactada por la magistrada Tania D’ Amelio.

La demanda fue interpuesta por Enderson Asdrúbal Ulloa Díaz en octubre de 2021, debido a que el 10 de septiembre de ese mismo año el Juzgado 8° de Ejecución del Área Metropolitana de Caracas, libró boleta de excarcelación por haber cumplido la pena impuesta. En ese caso la condena era 5 años de prisión por el delito de homicidio calificado con alevosía en grado de cómplice no necesario.

El privado de libertad acudió primero a la Corte de Apelaciones de Caracas, instancia que se declaró incompetente para resolver la acción de amparo en la modalidad de habeas corpus (liberación) interpuesta por Ulloa Díaz.

En consecuencia, la Corte de Apelaciones remitió el expediente el 13 de octubre de 2021. Y el pasado 13 de julio la Sala Constitucional aceptó tal declinatoria y se declaró competente para resolver el amparo.

“Ahora bien, esta Sala Constitucional a los fines de pronunciarse sobre la acción de amparo constitucional contra la Ministra del Poder Popular para el Servicio Penitenciario Ciudadana Mirelys Zulay Contreras Moreno, por la supuesta privación ilegítima de libertad del ciudadano Enderson Asdrúbal Ulloa Díaz… considera pertinente hacer uso de la potestad que le es dada al juez constitucional, de requerir la información que sea necesaria o solicitarla de oficio cuando lo estime pertinente para la resolución del caso sometido a su conocimiento”, dice la sentencia.

Hecha tal consideración, los magistrados ordenaron al Juzgado 8° de Ejecución de Caracas, que, en un lapso de cinco días siguientes a su notificación, remita información en copia certificada “si la boleta librada de excarcelación de fecha 10 de septiembre de 2021, bajo el número 056-21, fue efectivamente ejecutada, en razón del cumplimiento de la pena impuesta al ciudadano Enderson Asdrúbal Ulloa Díaz”.

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Roelsi Gudiño
Roelsi Gudiño
Periodista, Productora Audiovisual, Fotográfa, Marketing Digital, Creador Digital
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