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Ciudad Bolivar
lunes, enero 6, 2025

Asamblea Nacional iniciará primer período de sesiones este 5 de enero

Este domingo se establecerá la primera sesión ordinaria de la Asamblea Nacional para el próximo período legislativo correspondiente a 2025-2026. Por tal motivo el presidente del Poder Legislativo, Jorge Rodríguez, convocó a plenaria a todos los diputados y diputadas para la sesión de instalación que establece la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en su artículo 219, que indica el 5 de enero de cada año para iniciar el período anual del Parlamento Nacional.

Previo a la sesión de instalación, la directiva en funciones y otros parlamentarios, permanecerán en la Casa Amarilla a la espera de las indicaciones de los funcionarios de protocolo de la AN, para desplazarse hacia la Plaza Bolívar donde rendirán honores al Padre de la Patria, Libertador Simón Bolívar, para luego trasladarse al Palacio Federal Legislativo con el fin de iniciar el proceso de instalación de la sesión y escogencia de la nueva directiva.

Vale acotar, que Rodríguez fungirá como director de Debate de esta sesión de instalación debido a que cumplió su tercer año como presidente del Legislativo. Le corresponde por tanto ocupar el curul correspondiente en la Tribuna de la Junta Directiva y desde allí dirigirá la sesión provisionalmente.

De acuerdo al artículo 3 del Ridan, se anunciará al diputado o diputada de más edad como el responsable de dirigir la Comisión de Instalación que tendrá a dos asambleístas, quienes cumplirán la función de secretaria o secretario y subsecretario o subsecretaria accidentales para hacer los procedimientos protocolares establecidos en la ley.

El director de debate debe elegir cinco diputados para revisar las credenciales de todos los parlamentarios presentes en la sesión y así comenzar la lectura de la plancha de los postulados a los cargos, después proceder a votar en plenaria por quienes integrarán la nueva Junta Directiva de la AN, tal como lo señala el artículo 8 del Ridan.

Al ser elegidos los integrantes de la Junta Directiva, al presidente o presidenta, al primer vicepresidente o vicepresidenta y segundo vicepresidente o segunda vicepresidenta, secretario o secretaria, al subsecretario o subsecretaria, por el período de un año, como lo señala el Art. 194 de la CRBV, serán juramentados por la comisión para luego ocupar su cargo al cual fueron electos por la Cámara Plena.

Con información de VTV

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