Tras la contundencia de las pruebas presentadas por el Ministerio Público, los tribunales competentes del estado Aragua dictaron una sentencia condenatoria de 27 años y 6 meses de prisión contra Adriannis Rondón, hallada responsable del delito de trata de personas en perjuicio de varias adolescentes.
El fallo judicial tomó en cuenta los agravantes establecidos en la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNNA), debido a la extrema vulnerabilidad de las víctimas y la gravedad de los daños causados a su integridad física y psicológica.
Según la información suministrada por el Fiscal General de la República, Tarek William Saab, las investigaciones determinaron que Rondón lideraba una red de captación basada en ofertas engañosas. A través de falsas promesas, lograba atraer a las jóvenes hacia su círculo de influencia.
Una vez que las víctimas se encontraban bajo su dominio, el proceso de explotación se desarrollaba bajo las siguientes condiciones:
Privación de libertad: Las jóvenes eran retenidas contra su voluntad.
Explotación sexual: Eran forzadas a formar parte de una red de prostitución controlada por la hoy sentenciada.
Lucro ilícito: Rondón obtenía beneficios económicos directos a través de la explotación de las menores en diversas zonas del estado Aragua.
Justicia y compromiso institucional
El esclarecimiento de este caso fue el resultado de un riguroso trabajo de inteligencia y despliegue de campo coordinado por la fiscalía. Un elemento determinante en el proceso judicial fue el valor de los testimonios ofrecidos por las sobrevivientes, cuyas declaraciones permitieron desarticular la estructura delictiva.
Esta sentencia representa una de las penas más altas contempladas en la legislación venezolana para delitos de esta naturaleza. Con este dictamen, el Ministerio Público ratifica su compromiso inquebrantable en el combate contra las mafias de explotación y la protección de los derechos humanos de la juventud venezolana.
Con información de agencias



