El Instituto Nacional de Transporte Terrestre (INTT), informó este sábado, a través de sus canales oficiales, la implementación de una restricción en la circulación de vehículos de carga pesada en todo el territorio nacional. La medida tiene como objetivo principal garantizar la movilidad y la seguridad vial de los ciudadanos que se desplazarán durante el próximo periodo vacacional.
La restricción entrará en vigor el próximo lunes 30 de marzo a partir de la 1:00 a. m. y se mantendrá vigente hasta el lunes 06 de abril a la 1:00 a. m.
De acuerdo con la resolución del organismo, la prohibición de circulación aplica para todos aquellos vehículos cuyo peso de carga sea superior a los 3.500 kg.
Para garantizar el abastecimiento de insumos básicos y el funcionamiento de servicios esenciales, el INTT ha definido una lista de excepciones. Los vehículos que transporten los siguientes rubros podrán circular con normalidad:
Alimentación: Productos perecederos, no perecederos y sus materias primas.
Salud y Servicios: Medicinas de corta duración, oxígeno médico (gases o líquidos), dióxido de carbono (hielo seco) y transporte de desechos sólidos domiciliarios.
Energía: Gas de uso doméstico y combustibles destinados al suministro de estaciones de servicio.
Seguridad y Emergencias: Unidades de asistencia vial, policiales, militares y vehículos de telecomunicaciones para la defensa de la Nación.
Agua: Agua potable y productos químicos necesarios para su potabilización.
El organismo exhortó a los operadores de transporte de carga a tomar las previsiones logísticas necesarias para evitar retrasos y cumplir estrictamente con los horarios establecidos. Asimismo, se recordó a todos los conductores la importancia de respetar los límites de velocidad y las normas de tránsito para asegurar un retorno seguro a sus hogares.
Con información de agencias



