En sesión ordinaria celebrada este martes, la Asamblea Nacional sancionó la reforma parcial de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ). La normativa, aprobada por unanimidad tras un intenso debate parlamentario, busca optimizar el sistema judicial venezolano y agilizar la resolución de causas pendientes.
Uno de los puntos centrales de la reforma es la modificación del Artículo 8, que incrementa el número de magistrados que integran el máximo tribunal del país. A pesar de haber generado debate en discusiones previas, la propuesta fue aprobada tal como se presentó en el informe de la Comisión de Política Interior.
Con esta modificación, la estructura interna del TSJ se fortalece de la siguiente manera:
Salas Ordinarias: Pasan de 3 a 5 integrantes cada una.
Sala Constitucional: Aumenta de 5 a 7 magistrados.
Sala Plena: Se amplía de un total de 20 a 32 magistrados.
El presidente de la Asamblea Nacional, Jorge Rodríguez, enfatizó que este crecimiento permitirá atender de manera más eficiente las demandas de justicia y combatir los retrasos judiciales que afectan directamente a la ciudadanía.
La reforma también introduce cambios significativos en el Artículo 80, estableciendo que la Inspectoría General de Tribunales, la Inspectoría General de la Defensa Pública y la Escuela Nacional de la Magistratura serán órganos dependientes jerárquica y funcionalmente de la Sala Plena.
Asimismo, se definió el protocolo ante faltas absolutas en la dirección de dichos órganos:
La Asamblea Nacional será la encargada de designar a los nuevos titulares por un periodo de 7 años.
Las faltas temporales serán cubiertas por los suplentes respectivos, siguiendo el mismo procedimiento establecido para la designación de los magistrados del TSJ.
De acuerdo con las disposiciones finales de la ley, el Tribunal Supremo de Justicia deberá iniciar un proceso de reorganización estructural para adaptarse a los nuevos lineamientos legales.
Tras su sanción en el Parlamento, la norma será remitida al Poder Ejecutivo para su correspondiente promulgación y ejecútese, entrando en vigor una vez publicada en Gaceta Oficial.
Con información de agencias



