La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, ratificó la condena de 28 años de prisión impuesta a Luis Eduardo Castillo Brito, Juan Carlos Brito y Eyder Amado Castillo, acusados de secuestrar a un menor de edad, según sentencia 287 redactada por el magistrado Maikel Moreno Pérez.
El secuestro del niño de 11 años de edad ocurrió el 21 de Agosto de 2012 en la urbanización José Ángel Lamas, calle 5, Barquisimeto (Lara). El menor fue sometido por un grupo de hombres, introducido en un vehículo, luego transbordado a otro hasta que lo llevaron a una vivienda ubicada en el caserío La Vigía, municipio Jiménez (Quíbor), estado Lara.
Al mes siguiente, concretamente el 4 de Septiembre de 2012, funcionarios del Cicpc rescataron al niño, quien para el momento se encontraba amarrado a un escaparate, relata la sentencia del TSJ.
En esa misma ocasión, la policía científica capturó a los presuntos implicados en el plagio, quienes posteriormente fueron juzgados entre Septiembre de 2014 y Abril de 2017, cuando los condenaron a 28 años de prisión, según sentencia del Tribunal 3° de Juicio de Lara, reflejada parcialmente por la Sala Penal.
Los abogados defensores rechazaron esa decisión y por tal motivo acudieron a la Corte de Apelaciones de Lara, cuyos jueces ratificaron dicha condena. En razón de ello, la defensa de los acusados tocó las puertas de la Sala Penal donde consignaron un recurso.
Las denuncias
El recurso de casación (apelación) entregado al máximo tribunal del país, contiene siete denuncias que versan sobre violaciones a las leyes en las que habría incurrido el tribunal larense de primera instancia al momento de condenar a los acusados de secuestrar al menor.
La Sala Penal analizó cada uno de las denuncias y las desechó por “manifiestamente infundadas”, según se lee en la sentencia publicada el 13 de Octubre pasado.
Al exponer su respuesta a la defensa de los Castillo Brito, la Sala recordó que en el planteamiento de un recurso de casación, no basta sólo alegar la disposición legal infringida y el motivo de procedencia de la misma, ni señalar su inconformidad con el fallo que le es adverso, “es necesario que el fundamento sea conciso y claro…debiendo expresarse claramente los fundamentos de hecho y derecho de la denuncia”.
Los magistrados recalcaron que desde la Sala han recordado en varias ocasiones “que, existe una serie de formalidades para la correcta elaboración del recurso de casación”.
Y en el caso concreto del recurso interpuesto por los secuestradores, los magistrados detectaron que lo hicieron no tanto para denunciar fallas en la aplicación de los principios constitucionales, sino que buscaban que la Sala analizara las actuaciones propias del tribunal de primera instancia y con ello tratar de anular la condena, siendo que eso le está prohibido por mandato legal.
Basado en esos argumentos, la Sala ratificó los 28 años contra los Castillo Brito.
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