La abogado Tibaire Altuve, aseguró que el pago del condominio en divisas está permitido en el marco legal venezolano.
“Eso es perfectamente legal, el Convenio Cambiario Número 1 en la Ley del Banco Central de Venezuela (BCV). Creo que no hay dudas de que se pueden cobrar las deudas de condominio en moneda extranjera”, precisó.
Sin embargo, aclaró que la forma de pago del condominio debe establecerse con un pacto expreso.
“Eso es perfectamente regulado, pero el vacío está en cuál es el valor de cambio referencial que se va a utilizar”, explicó.
Altuve indicó que muchas personas se han negado a pagar el condominio porque insisten en que la tasa legal de referencia es la del BCV.
“Nuestra recomendación es que, de ser posible, se utilice la tasa referencial del BCV porque si se van a ir a un conflicto legal esa es la que va a utilizar el tribunal”, destacó.
No obstante, Altuve destacó que tampoco es ilegal establecer otra tasa referencial que no sea la oficial.
Unión Radio