El pasado 11 de julio, la Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) emitió la sentencia 372 firmadas por tres magistradas donde declaran procedente la solicitud de extradición formulada por Venezuela ante Chile para que esa nación entregue a Jonajhan Alexander Linares Rivero, quien perteneció a la extinta banda de El Koki, que operó en la Cota 905, sudoeste de Caracas.
Es de recordar que, el proceso de extradición contra Linares Rivero se activó el pasado mes de mayo, tras conocerse que fue capturado por las autoridades chilenas. El sujeto, posee cinco órdenes de aprehensión emitidas entre 2021 y 2026.
La primera orden, fue realizada por la presunta comisión de los delitos de secuestro agravado, obstrucción a la libertad de comercio, terrorismo, extorsión agravada y asociación agravada. Las restantes cuatro órdenes de aprehensión están motivadas por igual número de homicidios en los que el sujeto participó.
Cada uno de esos expedientes originó una solicitud de extradición, siendo la primera, por su presunta pertenencia a la denominada banda de El Koki, estructura delictiva que operó en la Cota 905 hasta julio de 2021, cuando sus principales líderes fueron desalojados del aludido sector caraqueño mediante la operación Gran Cacique Guaicaipuro.
En esa primera solicitud de extradición se especifica que la referida banda criminal estuvo capitaneada por Carlos Revette (El Koki), Carlos Calderón (El Vampi) y Garbys Ochoa (El Garbys).
El grupo generó «zozobra y alarma pública en los habitantes y residentes de la referida zona, así como en el territorio nacional, la colectividad, que pone en riesgo la paz y tranquilidad de la población, así como la comisión de actos terroristas y presencia de delincuencia organizada en múltiples zonas del país”, describe la sentencia del TSJ.
Con información Medios Nacionales



